Utilizan un video para condenar la oferta de sexo en la Ciudad
UN TEMA POLEMICO : PRIMER FALLO FIRME DE LA CAMARA CONTRAVENCIONAL PORTEÑA POR EJERCICIO DE LA PROSTITUCION .
[url]http://www.clarin.com/diario/2006/03/24/laciudad/h-05401.htm[/url]
La Justicia consideró prueba válida una filmación hecha por la Policía. El método genera polémica entre especialistas. El travesti no podrá acercarse a la zona de Constitución —donde lo filmaron— por 9 meses.
En un fallo doblemente controvertido, la Cámara Contravencional porteña confirmó por primera vez una condena por ejercicio de la prostitución en la vía pública desde que rige el nuevo Código y convalidó una filmación realizada por la Policía Federal como prueba del hecho. Se trata de un método discutido entre los especialistas en Derecho Penal y Constitucional. Para muchos constituye una invasión inaceptable a la intimidad, cuando se hace —como en este caso— sin la orden de un juez.
También el contenido de la condena resultó inusual. Como se trata de un travesti que fue filmado en la zona de Constitución, se le prohibió que ingrese a la zona delimitada por las avenidas Independencia, Entre Ríos y Garay y la calle Salta, entre las 8 de la noche y las 6 de la mañana, durante un lapso de 9 meses.
En el fallo dictado por el juez Marcelo Bartumeu Romero, ahora confirmado por la Sala II de la Cámara, también se le impuso al condenado la realización de trabajos de utilidad pública durante un día. El fiscal del caso, Luis Duacastella, dijo a Clarín que propondrá que sea alguna tarea en el Teatro Alvear, del Gobierno de la Ciudad.
El fiscal contravencional confirmó que actualmente la Policía está realizando filmaciones en la zona de Constitución, con el objetivo de obtener pruebas de ejercicio de la prostitución. En ella quedan registrados tanto quien ofrece como quien busca servicios sexuales, que también puede ser penado de acuerdo a la actual redacción del Código.
Duacastella defendió el método: "De otra manera es muy difícil probar la contravención, porque nadie quiere salir de testigo. Y la filmación no vulnera la intimidad de la persona cuando se hace en un espacio público, como es la calle. Distinto sería si se filmara a alguien en un espacio privado".
El constitucionalista Gregorio Badeni apoyó ese criterio, aunque aclaró que "su valor como prueba, cuando no existió una orden particular de un juez o un fiscal de que se filme a una persona determinada, queda relativizado". Su colega Daniel Sabsay advirtió que "es un tema delicado" y prefirió no pronunciarse hasta no leer la sentencia de la Cámara.
El Código Contravencional que rigió hasta enero de 2005 sólo penaba la prostitución callejera cuando se probaba que ésta iba acompañada de una alteración a la tranquilidad pública. En cambio, el que rige hoy (aprobado durante 2004, con polémica y escándalo en la Legislatura) directamente prohíbe la oferta y demanda de sexo, a menos que se haga a más de 200 metros de viviendas, establecimientos educativas y templos.
En el caso, el defensor del acusado planteó la inconstitucionalidad del castigo a la prostitución en espacios públicos, al afirmar que los legisladores porteños "pretendieron imponer una moral pública y afectar los planes de vida individuales".
Los camaristas Fernando Bosch, Pablo Bacigalupo y Marcela De Langhe rechazaron ese argumento y consideraron que lo que se pena es "la ofensa" para las personas que presencian el comercio sexual.
En ese sentido, citaron un voto del juez José Casás, del Tribunal Superior porteño, que estableció: "La actividad de ofrecer y demandar sexo en los espacios públicos no sólo puede ofender a quien ejerce, sino también a aquellos ante quien se ejerce. Para estos vecinos espectadores, la dificultad está en que, aunque quieran, no pueden sustraerse de ser testigos de la actividad que los agravia, en tanto para ingresar o salir de sus viviendas deben hacerlo necesariamente desde o a través de los espacios públicos, teatro de operaciones, en muchos casos, del comercio sexual".
[size=24:9428a2fcae]Los límites que marca la ley
El actual Código Contravencional dejó en manos del Poder Ejecutivo porteño el establecimiento de espacios públicos donde se autorice el ejercicio de la prostitución: las llamadas "zonas rojas". Sin embargo, a más de un año de la sanción del Código, el Gobierno no lo ha hecho, por lo que sigue en vigencia la cláusula transitoria dispuesta por los legisladores: la prostitución es ilegal en los lugares donde haya viviendas, escuelas o templos en un radio de 200 metros a la redonda. Así, los travestis que estaban en la calle Godoy Cruz, en Palermo, se trasladaron a El Rosedal.
El Código, además, establece que ninguna persona puede ser penada por ejercicio de la prostitución debido a su "apariencia, vestimenta o modales", por lo que hace falta una prueba concreta de que existió una "oferta de servicios de carácter sexual" en un espacio público.[/size:9428a2fcae]
La sanción del actual Código Contravencional, sobre todo el artículo referido al ejercicio de la prostitución en la vía publica, estuvo marcado por la polémica sostenida entre defensores de distintas posturas. Lo mismo sucede ahora por el método utilizado en el fallo condenatorio. Los que opinan que el video es prueba válida chocan contra los que lo consideran una invasión a la privacidad y hasta una violación a la Constitución. Hace más de un año, el Gobierno porteño está facultado para determinar espacios públicos donde se pueda ejercer la prostitución. Una zona roja con un claro lugar en el mapa podría evitar tanta polémica. Aunque seguramente haría nacer una nueva...
saludos, y cuidado con ser filmados... :shock:
[color=blue:9428a2fcae]No olvides catalogar tu mensaje la próxima vez.[/color:9428a2fcae]
La cámara oculta
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TOMA 1. El travesti recorre los alrededores de Solís y Constitución
Estas son secuencias de la filmación tomada por la Policía Federal en una noche de setiembre del año pasado, en Solís y Constitución, cerca de la estación Constitución. Se trata de imágenes tomadas con una cámara oculta. A quienes son filmados ofreciendo servicios sexuales en la calle se les labra un acta contravencional y luego la filmación es utilizada como prueba en el juicio, como sucedió en este caso. Los fiscales contravencionales defienden este método. Dicen que es la única manera de llegar al juicio, porque es prácticamente imposible conseguir testigos que acepten declarar ante la Justicia.
[url]http://www.clarin.com/diario/2006/03/24/laciudad/h-05402.htm[/url]
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