No puedo creer que la justicia falle así en la época en que vivimos.
Por favor...
http://www.clarin.com/diario/2007/05/21/um/m-01423215.htm
[quote:65828a07aa="Javo"]No puedo creer que la justicia falle así en la época en que vivimos.
Por favor...
http://www.clarin.com/diario/2007/05/21/um/m-01423215.htm[/quote:65828a07aa]
Y son muchos los casos. Más allá de cualquier consideración ideológica sobre el tema (que de por sí da para llenar páginas y páginas) algo lamentable es que la Justicia ocupa (por no decir "pierde") tiempo en este tipo de casos como si no estuviera sobrecargada con asuntos bastante más graves. Veo esto y me acuerdo del proceso por apología del delito a Calamaro (un juicio que tuvo "entretenida" a la justicia por casi diez años) por decir "linda noche para fumarse un porr##o".
Lamentablemente, en la Argentina el realismo mágico no sólo se encuentra en la literatura.
[quote:6310522548="Danielko"](...) Veo esto y me acuerdo del proceso por apología del delito a Calamaro (un juicio que tuvo "entretenida" a la justicia [b:6310522548][size=18:6310522548]por casi diez años[/size:6310522548][/b:6310522548]) por decir "linda noche para fumarse un porr##o".
Lamentablemente, en la Argentina [b:6310522548][size=18:6310522548]el realismo mágico[/size:6310522548][/b:6310522548] no sólo se encuentra en la literatura.[/quote:6310522548]
Me había olvidado de ese episodio...
Realismo Mágico??? No, humor absurdo :lol: :lol: :lol:
[quote:2f838e5341="Javo"][quote:2f838e5341="Danielko"](...) Veo esto y me acuerdo del proceso por apología del delito a Calamaro (un juicio que tuvo "entretenida" a la justicia [b:2f838e5341][size=18:2f838e5341]por casi diez años[/size:2f838e5341][/b:2f838e5341]) por decir "linda noche para fumarse un porr##o".
Lamentablemente, en la Argentina [b:2f838e5341][size=18:2f838e5341]el realismo mágico[/size:2f838e5341][/b:2f838e5341] no sólo se encuentra en la literatura.[/quote:2f838e5341]
Me había olvidado de ese episodio...
Realismo Mágico??? No, humor absurdo :lol: :lol: :lol:[/quote:2f838e5341]
Tal cual, pensándolo bien es como el teatro del absurdo, sólo que no causa gracia. Hace pensar un poco, pero reír... naah.
[quote:a8ede1893a="Javo"]No puedo creer que la justicia falle así en la época en que vivimos.
Por favor...
http://www.clarin.com/diario/2007/05/21/um/m-01423215.htm[/quote:a8ede1893a]
Estimado Javo;
Gracias por este post.
De no creer la desición de la justicia...por favor!!!!!!!!!!!!!!
Saludos y a disfrutar. :twisted: :twisted: :twisted:
¡Menos mal que la Justicia se puso los pantalones largos, y decidió darle duro a la delincuencia grossa! :lol:
Ahora en serio, llego un poco tarde al threadl, pero por lo que tengo entendido, mas por rumores que por causas concretas que pueda citar, la Corte Suprema de Justicia Nacional esta por modificar a la brevedad el criterio sostenido por este mismo Tribunal en la década del '90 y su nefasta "Mayoría Automática", y declararía inconstitucional el art. 14, segunda parte, de la ley 23.737 (tenencia de estupefacientes para consumo personal), por considerarlo un acto personalísimo y como tal protegido por la Constitución Nacional y exento de la autoridad de los magistrados, y que además, resulta atípico porque no vulnera el bien jurídico protegido, que es la "Salud Pública" (o sea, el estado sanitario de la población).
En definitiva, en este tipo de casos, el norte no debe ser la pena, sino la aplicación de medidas curativas o educativas, y no creo que la aplicación de una prisión preventiva o un procesamiento ayuden en algo al adicto (si es que lo es).
Saludos.
[quote:05cc37330f="gomita"]¡Menos mal que la Justicia se puso los pantalones largos, y decidió darle duro a la delincuencia grossa! :lol:
Ahora en serio, llego un poco tarde al threadl, pero por lo que tengo entendido, mas por rumores que por causas concretas que pueda citar, l[b:05cc37330f]a Corte Suprema de Justicia Nacional esta por modificar a la brevedad el criterio sostenido por este mismo Tribunal en la década del '90 y su nefasta "Mayoría Automática", y declararía inconstitucional el art. 14, segunda parte, de la ley 23.737 (tenencia de estupefacientes para consumo personal), por considerarlo un acto personalísimo y como tal protegido por la Constitución Nacional y exento de la autoridad de los magistrados, y que además, resulta atípico porque no vulnera el bien jurídico protegido, que es la "Salud Pública"[/b:05cc37330f] (o sea, el estado sanitario de la población).
En definitiva, en este tipo de casos, el norte no debe ser la pena, sino la aplicación de medidas curativas o educativas, y no creo que la aplicación de una prisión preventiva o un procesamiento ayuden en algo al adicto (si es que lo es).
Saludos.[/quote:05cc37330f]
Ayayay, dónde vamos a parar, con estos jueces impíos vamos derechito al averno!!! :lol: :lol: :lol: .
Calamaro que se joda!
nada hubiera pasado si hubiera dicho
"que linda noche para comer tiramisú"
o "voy a salir solito, sentarme en un parque a fumar un vaso de chocolatada y me voy a acostar temprano"
una barbaridad!
hablando enserio...
para lagunas cosas la justicia es un pedo y para otras es taaaaaaaan lenta.
Esto prueba que la justicia existe solo en un plano ideal. Confiar en la justicia de los hombres? prefiero confiar en la de Dios! y eso que soy ateo.
no me busquen cuando salgo con mis amigos plis
23/05/2007 17:21la pregunta del millon...
cuanto es la cantidad considerada "para consumo personal" ?
y como dijo ESTELARES, no me busken cuando salgo con mis amigos, solo, acompañado.....ni con mis viejos....
Pd: diganme la posta, sino voy hasta las pelotas :lol:
[quote:06ee31b49f="EL GATITO CON BOTAS"]la pregunta del millon...
cuanto es la cantidad considerada "para consumo personal" ?
y como dijo ESTELARES, no me busken cuando salgo con mis amigos, solo, acompañado.....ni con mis viejos....
Pd: diganme la posta, sino voy hasta las pelotas :lol:[/quote:06ee31b49f]
Estamos hablando de gramos, Gatito, aunque también puede estipularse que es para "consumo personal" en función de la cantidad de dosis que se porta. Por ejemplo, si llevás encima dos o tres fasos, eso inequívocamente es para consumo personal; si por el contrario, llevás una gran cantidad de fasitos, aunque contengan en proporción menor cantidad de Cannabis Sativa por encontrarse mezclada con otras sustancias, hay una sospecha de que puede tratarse de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. También puede depender del grado de adicción que la persona tenga, y su compulsión al consumo de drogas.
En realidad, no hay muchos parámetros objetivos que permitan determinar cuando es para consumo personal, cuando es una mera tenencia sin otros fines trascedentes, y cuando existen fines de comercializar el producto.
Te cito el artículo de la ley 23.737 que pena la tenencia para consumo personal:
[i:06ee31b49f]Art. 14º: Será reprimido con prisiónn de uno a seis años y multa de trescientos a seis mil australes el que tuvieere en su poder estupefacientes.
[b:06ee31b49f]La pena será de un mes a dos años de prisión cuando por su escasa cantidad y demás circunstancias, sugiere inequívocamente que a tenencia es para uso personal[/b:06ee31b49f][/i:06ee31b49f]
Fijate que es muy vaga la referencia que hace el artículo, habla de "escasa cantidad y demás circunstancias", con lo cual deja la cuestión a criterio de los jueces y fiscales.
En general, para que te puedan imputar una infracción a la ley de drogas que supere este supuesto, tiene que ir acompañado con filmaciones de actos de comercio, que se te haya secuestrado en tu poder o en tu domicilio balancines, sustancias para corte, etc.; si no ocurre esto, y se alega por parte del imputado una conducta adictiva, la cosa no pasa del consumo personal, y dependerá del organismo jurisdiccional que le toque, pero lo usual es que se comprometa o se someta (según el grado de adicción) a hacer un tratamiento curativo o educativo, y la causa se termina sobreseyendo.
Espero haber sido claro, la cuestión no es taxativa y a veces solo responde al llamado "sentido común".
Un abrazo.
[quote:e339a2e352="gomita"][quote:e339a2e352="EL GATITO CON BOTAS"]la pregunta del millon...
cuanto es la cantidad considerada "para consumo personal" ?
y como dijo ESTELARES, no me busken cuando salgo con mis amigos, solo, acompañado.....ni con mis viejos....
Pd: diganme la posta, sino voy hasta las pelotas :lol:[/quote:e339a2e352]
Estamos hablando de gramos, Gatito, aunque también puede estipularse que es para "consumo personal" en función de la cantidad de dosis que se porta. Por ejemplo, si llevás encima dos o tres fasos, eso inequívocamente es para consumo personal; si por el contrario, llevás una gran cantidad de fasitos, aunque contengan en proporción menor cantidad de Cannabis Sativa por encontrarse mezclada con otras sustancias, hay una sospecha de que puede tratarse de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. También puede depender del grado de adicción que la persona tenga, y su compulsión al consumo de drogas.
En realidad, no hay muchos parámetros objetivos que permitan determinar cuando es para consumo personal, cuando es una mera tenencia sin otros fines trascedentes, y cuando existen fines de comercializar el producto.
Te cito el artículo de la ley 23.737 que pena la tenencia para consumo personal:
[i:e339a2e352]Art. 14º: Será reprimido con prisiónn de uno a seis años y multa de trescientos a seis mil australes el que tuvieere en su poder estupefacientes.
[b:e339a2e352]La pena será de un mes a dos años de prisión cuando por su escasa cantidad y demás circunstancias, sugiere inequívocamente que a tenencia es para uso personal[/b:e339a2e352][/i:e339a2e352]
Fijate que es muy vaga la referencia que hace el artículo, habla de "escasa cantidad y demás circunstancias", con lo cual deja la cuestión a criterio de los jueces y fiscales.
En general, para que te puedan imputar una infracción a la ley de drogas que supere este supuesto, tiene que ir acompañado con filmaciones de actos de comercio, que se te haya secuestrado en tu poder o en tu domicilio balancines, sustancias para corte, etc.; si no ocurre esto, y se alega por parte del imputado una conducta adictiva, la cosa no pasa del consumo personal, y dependerá del organismo jurisdiccional que le toque, pero lo usual es que se comprometa o se someta (según el grado de adicción) a hacer un tratamiento curativo o educativo, y la causa se termina sobreseyendo.
Espero haber sido claro, la cuestión no es taxativa y a veces solo responde al llamado "sentido común".
Un abrazo.[/quote:e339a2e352]
Estimado gomita;
Gracias por su explicación... :wink: ...ahora me quedo más tranquilo...puedo seguir regando mi plantita del balcón... :geek:
Saludos y a disfrutar. :twisted: :twisted: :twisted:
[quote:33179510c4="cornuco666"][quote:33179510c4="gomita"][quote:33179510c4="EL GATITO CON BOTAS"]la pregunta del millon...
cuanto es la cantidad considerada "para consumo personal" ?
y como dijo ESTELARES, no me busken cuando salgo con mis amigos, solo, acompañado.....ni con mis viejos....
Pd: diganme la posta, sino voy hasta las pelotas :lol:[/quote:33179510c4]
Estamos hablando de gramos, Gatito, aunque también puede estipularse que es para "consumo personal" en función de la cantidad de dosis que se porta. Por ejemplo, si llevás encima dos o tres fasos, eso inequívocamente es para consumo personal; si por el contrario, llevás una gran cantidad de fasitos, aunque contengan en proporción menor cantidad de Cannabis Sativa por encontrarse mezclada con otras sustancias, hay una sospecha de que puede tratarse de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. También puede depender del grado de adicción que la persona tenga, y su compulsión al consumo de drogas.
En realidad, no hay muchos parámetros objetivos que permitan determinar cuando es para consumo personal, cuando es una mera tenencia sin otros fines trascedentes, y cuando existen fines de comercializar el producto.
Te cito el artículo de la ley 23.737 que pena la tenencia para consumo personal:
[i:33179510c4]Art. 14º: Será reprimido con prisiónn de uno a seis años y multa de trescientos a seis mil australes el que tuvieere en su poder estupefacientes.
[b:33179510c4]La pena será de un mes a dos años de prisión cuando por su escasa cantidad y demás circunstancias, sugiere inequívocamente que a tenencia es para uso personal[/b:33179510c4][/i:33179510c4]
Fijate que es muy vaga la referencia que hace el artículo, habla de "escasa cantidad y demás circunstancias", con lo cual deja la cuestión a criterio de los jueces y fiscales.
En general, para que te puedan imputar una infracción a la ley de drogas que supere este supuesto, tiene que ir acompañado con filmaciones de actos de comercio, que se te haya secuestrado en tu poder o en tu domicilio balancines, sustancias para corte, etc.; si no ocurre esto, y se alega por parte del imputado una conducta adictiva, la cosa no pasa del consumo personal, y dependerá del organismo jurisdiccional que le toque, pero lo usual es que se comprometa o se someta (según el grado de adicción) a hacer un tratamiento curativo o educativo, y la causa se termina sobreseyendo.
Espero haber sido claro, la cuestión no es taxativa y a veces solo responde al llamado "sentido común".
Un abrazo.[/quote:33179510c4]
Estimado gomita;
Gracias por su explicación... :wink: ...ahora me quedo más tranquilo...puedo seguir regando mi plantita del balcón... :geek:
Saludos y a disfrutar. :twisted: :twisted: :twisted:[/quote:33179510c4]
YA ESTA PA PONERLA A SECAR BOCA ABAJO?
gracias GOMITA, como siempre todos tus posteos son de gran ayuda.
25/05/2007 3:29[quote:7be21b2522="EL GATITO CON BOTAS"]gracias GOMITA, como siempre todos tus posteos [size=18:7be21b2522]son de gran ayuda[/size:7be21b2522].[/quote:7be21b2522]
legal :roll:
Acá un sitio que promueve la despenalizacion.
LinK: http://www.marihuana.com.ar/
[quote:15a5656d74="*EstelareS*"][quote:15a5656d74="cornuco666"][quote:15a5656d74="gomita"][quote:15a5656d74="EL GATITO CON BOTAS"]la pregunta del millon...
cuanto es la cantidad considerada "para consumo personal" ?
y como dijo ESTELARES, no me busken cuando salgo con mis amigos, solo, acompañado.....ni con mis viejos....
Pd: diganme la posta, sino voy hasta las pelotas :lol:[/quote:15a5656d74]
Estamos hablando de gramos, Gatito, aunque también puede estipularse que es para "consumo personal" en función de la cantidad de dosis que se porta. Por ejemplo, si llevás encima dos o tres fasos, eso inequívocamente es para consumo personal; si por el contrario, llevás una gran cantidad de fasitos, aunque contengan en proporción menor cantidad de Cannabis Sativa por encontrarse mezclada con otras sustancias, hay una sospecha de que puede tratarse de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. También puede depender del grado de adicción que la persona tenga, y su compulsión al consumo de drogas.
En realidad, no hay muchos parámetros objetivos que permitan determinar cuando es para consumo personal, cuando es una mera tenencia sin otros fines trascedentes, y cuando existen fines de comercializar el producto.
Te cito el artículo de la ley 23.737 que pena la tenencia para consumo personal:
[i:15a5656d74]Art. 14º: Será reprimido con prisiónn de uno a seis años y multa de trescientos a seis mil australes el que tuvieere en su poder estupefacientes.
[b:15a5656d74]La pena será de un mes a dos años de prisión cuando por su escasa cantidad y demás circunstancias, sugiere inequívocamente que a tenencia es para uso personal[/b:15a5656d74][/i:15a5656d74]
Fijate que es muy vaga la referencia que hace el artículo, habla de "escasa cantidad y demás circunstancias", con lo cual deja la cuestión a criterio de los jueces y fiscales.
En general, para que te puedan imputar una infracción a la ley de drogas que supere este supuesto, tiene que ir acompañado con filmaciones de actos de comercio, que se te haya secuestrado en tu poder o en tu domicilio balancines, sustancias para corte, etc.; si no ocurre esto, y se alega por parte del imputado una conducta adictiva, la cosa no pasa del consumo personal, y dependerá del organismo jurisdiccional que le toque, pero lo usual es que se comprometa o se someta (según el grado de adicción) a hacer un tratamiento curativo o educativo, y la causa se termina sobreseyendo.
Espero haber sido claro, la cuestión no es taxativa y a veces solo responde al llamado "sentido común".
Un abrazo.[/quote:15a5656d74]
Estimado gomita;
Gracias por su explicación... :wink: ...ahora me quedo más tranquilo...puedo seguir regando mi plantita del balcón... :geek:
Saludos y a disfrutar. :twisted: :twisted: :twisted:[/quote:15a5656d74]
YA ESTA PA PONERLA A SECAR BOCA ABAJO?[/quote:15a5656d74]
Estimado *EstelareS*;
...shhhhhhhhhhhh... :-# ...el otro día la vecinita me pregunto q linda tenes esa plantita...cual es????... :shock: ...
Saludos y a disfrutar. :twisted: :twisted: :twisted:
A quien corresponda, pregunto:
Sé perfectamente que tratar el tema de la despenalización NO implica hacer apología del delito; ahora bien, entiendo también que una cosa es la ley (penal) y otra las reglas del foro, por eso la consulta:
¿Se puede debatir el tema? Es decir, ¿se puede abrir el debate sobre esto, seriamente, sin violar relgas del foro?
Es un tema interesante, por las implicaciones que tiene (por favor, por una vez, no empezar con el chiste fácil, es interesante discutirlo ya sea que uno consuma o no, también me interesa la despenalización del aborto y yo no soy médico abortista, ni tengo una novia embarazada, ni mucho menos estoy embarazado yo :evil: ).
Saludos cordiales,
[quote:aaf6931f30="Danielko"]
¿Se puede debatir el tema? Es decir, ¿se puede abrir el debate sobre esto, seriamente, sin violar relgas del foro?
,[/quote:aaf6931f30]
Creo la reglas del foro lo permiten... (habría que leerlas, no? :lol: ). Además, ya es hora de sincerarnos... el consumo de marihuana hoy dia esta totalmente popularizado en todas la clases sociales.
[quote:c5dcdc0048="Javo"][quote:c5dcdc0048="Danielko"]
¿Se puede debatir el tema? Es decir, ¿se puede abrir el debate sobre esto, seriamente, sin violar relgas del foro?
,[/quote:c5dcdc0048]
Creo la reglas del foro lo permiten (habría que leerlas :lol: ). Además, ya es hora de sincerarnos... el consumo de marihuana hoy dia esta totalmente popularizado en todas la clases sociales.[/quote:c5dcdc0048]
Javo, tal vez no fuí muy claro, no es una pregunta capciosa, a mí me parece interesante debatir el tema.
Cito regla nº 2 del foro, que me genera la inquietud:
[quote:c5dcdc0048]2 - [b:c5dcdc0048]Publicar material que incite/fomente o haga apología de manera directa o indirecta [/b:c5dcdc0048]a la violencia, [b:c5dcdc0048]el consumo de drogas ilegales[/b:c5dcdc0048], el suicidio y cualquier otro tipo de acción/omisión que atente contra la dignidad del ser humano o pudiese dañar su integridad física o psíquica.[/quote:c5dcdc0048]
Si no me hubiera tomado la molestia de leerlas no preguntaría. El tema es que, como ya había dicho, para mí está claro que debatir sobre la despenalización no es lo mismo que incitar al consumo y/o hacer apología del mismo, pero es cuestión de opiniones.
La pregunta va en realidad dirigida a quienes se encargan de aplicar las normas del foro.
A mi tambien me interesa debatir el tema.
Esperemos a ver que piensan lo capos del foro.
[quote:063eebf48b="Danielko"][quote:063eebf48b="Javo"][quote:063eebf48b="Danielko"]
¿Se puede debatir el tema? Es decir, ¿se puede abrir el debate sobre esto, seriamente, sin violar relgas del foro?
,[/quote:063eebf48b]
Creo la reglas del foro lo permiten (habría que leerlas :lol: ). Además, ya es hora de sincerarnos... el consumo de marihuana hoy dia esta totalmente popularizado en todas la clases sociales.[/quote:063eebf48b]
Javo, tal vez no fuí muy claro, no es una pregunta capciosa, a mí me parece interesante debatir el tema.
Cito regla nº 2 del foro, que me genera la inquietud:
[quote:063eebf48b]2 - [b:063eebf48b]Publicar material que incite/fomente o haga apología de manera directa o indirecta [/b:063eebf48b]a la violencia, [b:063eebf48b]el consumo de drogas ilegales[/b:063eebf48b], el suicidio y cualquier otro tipo de acción/omisión que atente contra la dignidad del ser humano o pudiese dañar su integridad física o psíquica.[/quote:063eebf48b]
[color=red:063eebf48b]Si no me hubiera tomado la molestia de leerlas no preguntaría[/color:063eebf48b]. El tema es que, como ya había dicho, para mí está claro que debatir sobre la despenalización no es lo mismo que incitar al consumo y/o hacer apología del mismo, pero es cuestión de opiniones.
La pregunta va en realidad dirigida a quienes se encargan de aplicar las normas del foro.[/quote:063eebf48b]
Esta bien lo que señalás, Danielko, como se ve que estás acostumbrado a leer la letra chica, o por lo menos todo el contenido del contrato. Ni que uno fuera abogado, che :wink:
De todas formas, me parece que el tema tratado seriamente, no implica de ninguna manera una apología del delito. Y eso, solo en la medida en que uno considere que la tenencia de estupefacientes para consumo personal es un delito, que para mi, adelanto, no lo es.
[quote:f897bb2965="gomita"][quote:f897bb2965="Danielko"][quote:f897bb2965="Javo"][quote:f897bb2965="Danielko"]
¿Se puede debatir el tema? Es decir, ¿se puede abrir el debate sobre esto, seriamente, sin violar relgas del foro?
,[/quote:f897bb2965]
Creo la reglas del foro lo permiten (habría que leerlas :lol: ). Además, ya es hora de sincerarnos... el consumo de marihuana hoy dia esta totalmente popularizado en todas la clases sociales.[/quote:f897bb2965]
Javo, tal vez no fuí muy claro, no es una pregunta capciosa, a mí me parece interesante debatir el tema.
Cito regla nº 2 del foro, que me genera la inquietud:
[quote:f897bb2965]2 - [b:f897bb2965]Publicar material que incite/fomente o haga apología de manera directa o indirecta [/b:f897bb2965]a la violencia, [b:f897bb2965]el consumo de drogas ilegales[/b:f897bb2965], el suicidio y cualquier otro tipo de acción/omisión que atente contra la dignidad del ser humano o pudiese dañar su integridad física o psíquica.[/quote:f897bb2965]
[color=red:f897bb2965]Si no me hubiera tomado la molestia de leerlas no preguntaría[/color:f897bb2965]. El tema es que, como ya había dicho, para mí está claro que debatir sobre la despenalización no es lo mismo que incitar al consumo y/o hacer apología del mismo, pero es cuestión de opiniones.
La pregunta va en realidad dirigida a quienes se encargan de aplicar las normas del foro.[/quote:f897bb2965]
Esta bien lo que señalás, Danielko, como se ve que estás acostumbrado a leer la letra chica, o por lo menos todo el contenido del contrato. Ni que uno fuera abogado, che :wink:
De todas formas, me parece que el tema tratado seriamente, no implica de ninguna manera una apología del delito. Y eso, solo e[b:f897bb2965]n la medida en que uno considere que la tenencia de estupefacientes para consumo personal es un delito, que para mi, adelanto, no lo es.[/b:f897bb2965][/quote:f897bb2965]
Buenísimo lo que señalás acá; es una parte fundamental del debate, o por lo menos es lo que me mueve a interesarme por el tema. No se trata de si consumir está bien o mal, se trata de hasta dónde el Estado puede asumir la potestad de dirigir nuestras vidas; en definitiva, se trata de qué tipo de Estado queremos, el que idearon nuestros constituyentes o el que se fue moldeando a extramuros de la Constitución con leyes como la de estupefacientes y la complicidad de jueces demasiado propensos a confundir moral con derecho borrando los límites entre moral pública y moral privada. Por eso me interesa que se abra el debate.
Estuve sin entrar al foro unos días y veo que se cayó este tema.
Que pasó? Les pintó el bajón? :lol:
seria un lindot ema para debatir pero estaria buenoq eu cada uno qeu diera su idea la pudiera avalar por que siemrpe escucho pro ejmp si a que legalizar la marihuana por que enatural( no me parecealgo coheretne)
31/05/2007 20:48
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