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[INF] Downloads y perjuicios

Hilo del tema

Esta nota había aparecido en la RS y por los comentarios posteriores de gente que aparentemente conocía de asunto era todo trucho (hasta la carta documento de intimación). Como que había sido un golpe publicitario de causa/efecto contra la piratería.

Está mal bajar música, pero lamentablemente la mejor música a Argentina no llega, y pedir que te envíen de afuera es prohibitivo. Solo llega basura y algunas raras excepciones.

15/10/2008 7:54

Viernes 1 de febrero de 2008

http://www.rollingstonela.com/notaMostrar_cs.asp?nota_id=983757

[b:5bf2868b87][size=18:5bf2868b87]Downloads y perjuicios[/size:5bf2868b87]

Casi cien usuarios argentinos ya recibieron cartas documento de hasta 12 mil pesos por bajar y compartir música online… ¿ahora quién podrá defenderlos?[/b:5bf2868b87]


Rodolfo Cámara abrió su laptop, entró en LimeWire y puso a bajar tres canciones: "Beautiful Girls" de Sean Kingston, "You Give Me Something" de James Morrison y "Happy Ending" de Mika… Minutos después, cuando estaba concentrado en elegir cuál de estos tracks le gustaba más, su padre entró en la habitación cortando el aire con una carta documento en la mano: EMI, Universal, Sony BMG y Warner lo intimaban a pagar nueve mil pesos por descargar y compartir música de sus catálogos. Así de simbólico fue el momento, tal como lo narra el propio Rodolfo. Tiene 21 años, y como otros cuatro millones y medio de usuarios en la Argentina, según fuentes de la industria, utiliza softwares como LimeWire, eMule, BitTorrent o Soulseek para conseguir gratis los discos o las canciones que le gustan. No es lo que se llama un "heavy user", un gran downloader: Apenas tenía 800 canciones, menos de diez gigas de música en su computadora, pero fue sorprendido como otros casi cien usuarios argentinos, según cifras de AADI-CAPIF, por la nueva y agresiva estrategia de las discográficas locales, en línea con los sellos de los Estados Unidos: perseguir a los usuarios que bajan e intercambian archivos en MP3… y hacer que paguen.

"Yo soy el primer boludo que conozco al que le pasa esto. No sé si me entendés…", dice Rodolfo después de pasar por la instancia de mediación judicial, en la que los abogados de su padre arreglaron con mediadora a cargo (Patricia Real, MJ 3147) y llegaron a un acuerdo de partes: en vez de los nueve mil pesos que reclamaban las compañías citadas, Rodolfo reconoció haber cometido un delito y pagó tres mil por la música más los honorarios de los abogados. La factura, en cuotas y a nombre de la Asociación para la Protección de los Derechos Intelectuales sobre Fonogramas y Videogramas (APDIF, especie de Secretaría Antipiratería Argentina), terminó siendo de casi cinco mil pesos por los "daños y perjuicios" ocasionados.

¿Cómo se saca la cuenta de cada demanda? Según informa el Sindicato de Autores y Compositores (SADAIC), el daño no sólo está dado por los temas que el usuario bajó y no pagó, sino porque los compartió: se proyecta sobre el número de temas incautados la cantidad de veces que esos archivos podrían haber estado al alcance de otros usuarios.

Incluso antes de que le llegara la orden judicial, los primeros días de noviembre de 2007, Rodolfo Cámara sabía que bajar y compartir discos o tracks bajados de internet era ilegal, pero de todos modos lo hacía. Algo inocente, desconocía el programa en su totalidad y, dice, nunca se enteró de que tenía abierta la opción de compartir sus carpetas, la clave de los sistemas de filesharing a través del famoso peer-to-peer o P2P, que les permite a otros navegantes tomar los discos que ya bajaste, y a vos bajar más discos, más rápido. Rodolfo clickeaba el botón de "download" alrededor de veinte veces por semana desde hacía siete meses, cuando la banda ancha de FiberTel llegó a su casa. Una de las últimas veces, alguno de los hombres de APDIF lo vio en la lista de espera virtual de LimeWire, anotó su IP (el número de navegación de la máquina) y pidió la orden del juez. Por eso, Rodolfo bien supone: "Supongo que todos mis datos se los pasó FiberTel".

En CAPIF se niegan a dar el número de personas que pusieron a cazar downloaders: "Me reservo ese dato. No queremos dar la imagen de un equipo de gurkas en una habitación llena de máquinas", aclara Javier Delupí, 33 años, el nuevo director ejecutivo de esta entidad (presidida por el productor Afo Verde) y ex encargado de la campaña antipiratería. Delupí y su equipo se convencen de que el crecimiento del downloading en el país, como ocurrió en el mundo, está directamente relacionado con la proliferación del wi-fi y la banda ancha a precio popular: la última publicidad de FiberTel promociona su oferta de tres meses a 29,90 pesos argentinos, al canto de: "Qué bolú, qué bolú…". Hasta no hace mucho, las campañas de los principales proveedores hacían explícita la cualidad de "bajar música" aun cuando no hay aquí servicios tan extendidos de download legal o son aún muy costosos. Delupí dice: "Los proveedores de internet abrieron la puerta, ahora tienen que reconocerlo y ayudarnos a cerrarla. La tecnología le dio poder al usuario y esto se convirtió en una dictadura del acceso".

Según el INDEC, en la Argentina 1,6 millones de hogares tienen banda ancha, lo que marca un aumento del 70 por ciento respecto de 2006. Según CAPIF, sólo en 2006 se bajaron 612 millones de tracks de forma ilegal, lo que suma más del doble de la venta legal de discos (ese mismo año se vendieron 17 millones de CDS). El 81 por ciento del mercado está cooptado por la piratería, el 70 por ciento son "heavy users", el 60 por ciento de ellos graban los CDS que bajan y la mitad de los artistas pirateados en la Argentina son, justamente, argentinos.

El 7 de diciembre de 1999, cuando la Corte Suprema de los Estados Unidos llevó a juicio y luego a la quiebra a Napster, el ícono del filesharing (Shawn Fanning, su creador, lo convirtió en un sitio pago y terminó declarándose en bancarrota antes de que cerrara el caso), la RIAA (Recording Industry Association of America) profundizó su tolerancia cero. Aparecieron sitios como el de Fanning por todas partes, como guerrillas digitales: KaZaA, eMule… Entonces, la RIAA empezó a perseguir a los usuarios tomando a los proveedores de internet como rehenes, con una política abiertamente punitiva y persecutoria: entre 2004 y 2007, llevó a juicio civil 26 mil causas, de las cuales 2.500 terminaron en multas tan ejemplares como exorbitantes. Como el caso de Rodolfo.

El 7 de octubre de 2007, tras una demanda iniciada por la RIAA, la Justicia de los Estados Unidos condenó a Jammie Thomas, una mujer de 32 años, a pagar 222 mil dólares por compartir veinticuatro archivos de canciones y descargar del KaZaA 1.072 tracks (en la calculadora, da 9.250 dólares por track) de Green Day, Red Hot Chili Peppers y Guns n’ Roses, entre otras bandas.

Desde fines de 2005, la RIAA viene coordinando acciones conjuntas en todo el mundo. Máspero Abogados es un estudio jurídico especializado en Derecho del Entretenimiento y Derecho de la Música que representa en la Argentina a las cuatro discográficas multinacionales (Universal, EMI, Warner, Sony BMG), a EPSA y Pop Art, además de una cartera de clientes que incluye artistas como Gustavo Santaolalla, León Gieco, Fito Páez e Iván Noble. Pablo Máspero, socio principal del estudio, es profesor de la Universidad Austral y da un postgrado de Derecho del Entretenimiento en la UBA, además de ser director de Asuntos Jurídicos de CAPIF. Dice: "Sabemos que no se puede parar un fenómeno tan grande como el download. Es lo intangible en su máxima expresión, pero no es una ciencia oculta: es un negocio que hay que aprender de nuevo. Ahora, la meta es generar conciencia… Tratamos de influir en la conciencia del usuario. Y sabemos que nuestra campaña tuvo un efecto disuasivo".

De los casi cien casos que se lle hasta el momento, un 50 por ciento llegó a un acuerdo en la mediación judicial y el usuario pagó su multa, multas que en algunos casos ascienden hasta a 12 mil pesos. Pero ésta es sólo una acción civil. Máspero mete más miedo y asegura que, si quisiera, CAPIF podría llevar esto al plano penal, con una condena de entre seis meses y seis años de cárcel, siguiendo el modelo de España. "Pero entendemos que el downloader es un comprador en potencia… queremos hablarle con el tono justo. Esto se trata de que la gente pague. Aunque sabemos que hay una bulimia del download. El usuario que baja tracks es como un gordo en un tenedor libre: no baja todo lo que compraría, ni siquiera todo lo que puede escuchar."

El filesharing o download es la primera gran revolución tecnológica social de esta década. Con mejor distribución y más oferta, los usuarios vivieron la digitalización de la música como un tiempo de bonanza: accedieron a toda la música que siempre habían querido y que, por precio o acceso, no podían tener… ¡y gratis! Algo que, en definitiva, generó una situación de inestabilidad sólo para las grandes compañías que históricamente sacaron ventaja tanto del comprador de álbumes o singles como del deal con el artista: la mayoría de los músicos que emergieron en esta década (Arctic Monkeys, Lily Allen, Calle 13, Amy Winehouse) lo lograron, velozmente, con la ayuda del filesharing y la reproducción digital de música.

Desde que Nicolas Sarkozy, el presidente de Francia y novio de Carla Bruni, instauró la "Ley Sarkozy", los servidores de internet de ese país están obligados a cortarle el servicio a todo usuario que baje y comparta música. CAPIF, SADAIC y las discográficas vieron ahí un modelo más efectivo en la lucha contra la piratería. Ahora, van por eso.

"El argentino es pirata: si es ilegal, más le gusta hacerlo. Los pibes de 15 años piensan que la música es gratis, que no tienen que pagar por eso… y las demandas van a sus padres." Pablo Cancelliere, marketing manager online y encargado de desarrollo de nuevas tecnologías en EMI, rezonga en su escritorio. Cree que "parar la piratería es una decisión política. Internet, si querés, se corta de la noche a la mañana". Para Cancelliere, la clave de la crisis local es el poco valor que se le asigna a la música. Eso, dice, sumado a la falta de compromiso del Estado: "Se acuerdan de los músicos cuando tienen que hacer un festival… y encima asume Cristina y van todos los músicos a cantar. No entiendo. Cuando los gobiernos hagan la cuenta de lo que dejan de ganar por bancar la ilegalidad, van a entender que no les conviene. Me pregunto: ¿por qué un disco paga un 21% de IVA si «Disco es cultura»?".

Mas allá de eso, se sabe, las restricciones legales para el usuario son muchas: el solo hecho de reproducir un álbum públicamente o grabárselo a un amigo, o aun bajarse un disco comprado legalmente a un reproductor MP3 propio, también son acciones que transitan por el lado de afuera del límite legal. Casi todos los que caminamos por las calles con auriculares blancos (símbolo de esta década musical) o reproductores MP3 (otro símbolo) o celulares que reproducen música (¡otro más!) incurrimos en alguna infracción que nos convierte en "piratas". Eso no contribuye a resolver el problema de fondo: hacer que quienes producen música (los artistas, en primer lugar; la industria) y los que la consumen obtengan lo que esperan. Sin trampas. Pero sin abusos.

Por Juan Ortelli

04/02/2008 16:26

[b:f1bdcb1e3c][size=18:f1bdcb1e3c]Polémica en el download[/size:f1bdcb1e3c]

¿Por qué CAPIF demanda a los incautos? Las cartas documento muestran la ingenuidad de demandantes y demandados, el vacío legal y el avance imparable de la revolución digital.[/b:f1bdcb1e3c]

Miércoles 6 de febrero de 2008

[img:f1bdcb1e3c]http://www.rollingstonela.com/anexos/imagen/08/782500.JPG[/img:f1bdcb1e3c]

[i:f1bdcb1e3c]La carta documento que recibió Rodolfo Cámara de parte de CAPIF.[/i:f1bdcb1e3c]

En la investigación de Rolling Stone "Donwloads y perjuicios" * publicada aquí el lunes 3 de febrero se conoció la historia de Rodolfo Cámara, uno entre cien de los usuarios que recibieron cartas documento de parte de CAPIF (ver fotos) y apenas uno más de los cuatro millones de argentinos que, según estadísticas, descarga música en su computadora a través de un programa p2p.

El tema se instaló rápidamente en el centro del debate e impactó fuerte entre la comunidad de Internet y los amantes de la música: si bien CAPIF no informó nunca oficialmente sobre estas acciones contra usuarios, el caso de Roberto Cámara, revelado por RS (uno de los tantos que ni siquiera llegaron a juicio pero terminaron en una mediación en la que el acusado pagó voluntariamente, como se muestra en la imagen, 3 cuotas de $1000) expone a la cámara discográfica local dentro de un tema instalado mundialmente pero del cual no había noticias concretas en la Argentina.

La repercusión entre los usuarios no tardó en llegar en momentos en que las descargas legales en el país son pocas, caras e ineficientes y el fenómeno de intercambios de archivos, descargas y compresión digital (MP3) se expande con velocidad entre todos los fanáticos de la música. Lejos de tomar posición, o de alimentar una campaña de miedo, RS reveló el primer accionar directo de las discográficas contra los usuarios del que se tuvo conocimiento.

Como el informe especifica, Cámara no sabía que estaba compartiendo las carpetas en las que descargaba su música. Esa fue la razón por la que uno de los investigadores de APDIF -el ente creado para combatir la piratería y defender los derechos de autor- consiguió el número de su IP y luego, a través de su proveedor de Internet (FiberTel), sus datos personales. Lo que significa que, al menos por ahora, para el grueso de usuarios, salir de la mira de CAPIF es tan fácil como desactivar la opción de "compartir carpeta" que, en cualquier programa de descarga, está a menos de cinco clics, ya que al parecer el motivo de esta demanda es que el acusado dejó temas disponibles para otros usuarios.

Este caso también inicia el debate sobre si los proveedores de servicio de banda ancha deben o no brindar información sobre la identidad de sus usuarios, un asunto en el que la Justicia local todavía no se pronunció. En una nota que recogía esta investigación de RS, en diario Perfil, un vocero de FiberTel explicó que la empresa decide responder "a todos los pedidos de la justicia". En los Estados Unidos ese debate está pendiente: La RIAA ganó un juicio contra el proveedor Verizon, que se negaba a brindar la información de un usuario, basándose en que, para determinar si estaba infringiendo la ley, había que buscar en un área no compartida de su disco rígido. Bajo el lema "It’s About Privacy, Not Piracy" ("Se trata de privacidad, no de piratería") Verizon apeló la decisión del juez.

Para Europa el debate ya terminó: recientemente, el Tribunal de la Unión Europea concluyó que las empresas proveedoras no están obligadas a brindar tal información: "El derecho comunitario no obliga a los Estados miembros a divulgar datos personales con objeto de garantizar la protección efectiva de los derechos de autor, en el marco de un procedimiento civil". El fallo vino luego de una disputa de dos años entre la Asociación de Productores y Editores de Música de España (Promusicae) y Telefónica. Que se niega a brindar ese tipo de datos salvo en caso de "investigación criminal o para la salvaguardia de la seguridad pública y la defensa nacional".

De vuelta en la Argentina, el caso Cámara (que ni siquiera llegó a instancia judicial) apenas deja ver los vacíos legales que el avance de la revolución digital va dejando. Como este, todos los casos cerrados hasta el momento llegaron a un acuerdo económico a través de una mediación. Según CAPIF, de las 100 cartas documento que se enviaron unas cincuenta tienen destino de juicio aunque todavía no comenzaron. Es decir, hasta ahora no hay fallos que sienten jurisprudencia en casos de downloaders que solamente almacenen y pongan a disposición de otro, sin fines de lucro, material con derechos de autor.

El articulo 72 bis de la Ley 11.723 de propiedad intelectual , que fue creada en 1933 y obviamente no contempla ni se adapta del todo a los cambios tecnológicos, explica que sería un delito la copia de fonogramas cuando se persigue fin de lucro, por lo que hacer uso de los archivos sería solo un ilícito civil, generador de acciones civiles de "daños y perjuicios". Como la acusación que se le hizo a Cámara. En ese caso, CAPIF debería probar algún perjuicio económico concreto.

De más está decir que el uso de programas de descarga P2P no implica una actividad ilegal en sí, por lo que continúan apareciendo nuevas versiones y comunidades en torno a estas, como ANts P2P, Freenet, GNUnet, I2P y RShare, que buscan mantener cierto anonimato a través de la encriptación de datos aunque no consiguen aún la velocidad de LimeWire, Kazaa o iMesh. En cualquiera de los casos, las chances de quedar al descubierto con el uso del P2P, aunque sean ínfimas, siempre existen.

Esa es una de las razones por las que cada vez más gente utiliza los discos de almacenamiento on-line, que permiten disponer archivos para descarga directa. El llamado "One-click hosting" se convirtió en un gran negocio durante los últimos años. Los dos líderes RapidShare.de y Megaupload.com, que se encuentran entre los sitios más visitados de la red, de acuerdo al no-muy-exacto indice de Alexa. Tienen un modelo de negocio bastante simple. Registración mediante, sus usuarios pueden subir archivos y obtener un link de descarga para enviar o publicar en su sitio. Para la descarga, hay que pasar por la home de cada sitio. Generalmente se corta la vida de los archivos cuando tienen copyright, pero no sin una denuncia antes. En el mundo, las organizaciones que confrontan el intercambio de archivos bajo la bandera de "la protección de los derechos de autor" lentamente van reaccionando frente a esta tendencia pero rápidamente descubren que la venganza de los usuarios ante sus políticas beligerantes (tanto de la RIAA como de las organizaciones en Europa o América latina) corre con la tecnología digital a su favor. En su boletín de acciones contra la piratería, después de detallar algunas acciones contra vendedores callejeros, CAPIF lista alrededor de 3000 archivos musicales que fueron dados de baja de este tipo de servidores. Son varios scrolls de zips con presuntos archivos musicales comprimidos y títulos que van de Sandro a Neil Young pasando por Vivencia y, paradójicamente, Radiohead. Esa lista puede ser tan sorprendente como naif: no significa que esos archivos vayan a dejar de circular por Internet y mucho menos que sean una porción relevante de la incontable y creciente cantidad de archivos musicales que se están compartiendo. Solo confirma que la persecución a los usuarios poco puede hacer contra la voluntad de los intenautas de compartir información libremente.

Por Gabriel Orqueda

http://www.rollingstonela.com/notaMostrar_cs.asp?nota_id=985034&origen=4ta&toi=&pid=

07/02/2008 15:54

Gracias por el informe Guiller.

Se pusieron la gorra maaaal ! :evil:
Primero que persigan a los que comercializan ilegalmente con la música y no a uno que "comparte" por internet. También podrían bajar los precios de los discos, la mayoria de la ganancia se la lleva la discografica. Yo soy de comprar algun original de vez en cuando, si los precios estuvieran mas accesibles lo haría mas seguido.

10/02/2008 15:09

No pueden ser mas caraduras..
se meten con un pibe..que baja canciones como cualquier persona en el mundo..
no saben mas de donde afanar..

es triste lo que paso..pero peor es para los musicos..
que tienen que estar metidos con las mafias de las companias musicales,. esos si que son ladrones,.

22/03/2008 20:34

Yo estoy subscripto a un foro donde se comparte musica y ahi subi 2 CD via rapid....ahora me vere obligado a pagar yo tambien?
Quizas lo unico a favor es que mis CD eran Originales....y lo unico que hago es compartirlos...

Alguien tiene mas Data?

Luke_draco

24/06/2008 16:32
La información de ésta página esta desactualizada y es una version antigua del foro cuando se encontraba en otro dominio.

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